Navigation Bar

ANEXO 1

Posición y Reservas de la República Argentina para la Reunión Extraordinaria de la Mesa Directiva del Comité Especial sobre
Población y Desarrollo de la CEPAL, para el Examen y Evaluación de la Ejecución del Programa de Acción de la Conferencia Internacional
sobre la Población y el Desarrollo en América Latina y el Caribe
(Santiago de Chile, 14 y 15 de diciembre de 1998)

La Delegación de la República Argentina, en relación con el Proyecto de Informe Examen y Evaluación de la Ejecución del Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo en América Latina y el Caribe, y en cumplimiento de lo dispuesto en su Constitución, las leyes y normas del derecho internacional, reafirma entre otros los siguientes principios consagrados en su Constitución: la inviolabilidad de la vida, la protección del hijo desde el momento de la concepción, la libertad de conciencia y religión, la protección de la familia como célula básica de la sociedad, el derecho primario de los padres a educar a sus hijos, el principio de respeto de la soberanía, etc.

En consecuencia, el Gobierno Argentino desea dejar expresa constancia de lo siguiente:

  1. La política poblacional de la República Argentina está inscrita en su Constitución Nacional, que incluye la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer y sus reservas, así como la Declaración de los Derechos del Niño y sus reservas.
  2. El Gobierno Argentino reafirma los principios que ha expresado oportunamente en la Conferencia de Población de El Cairo y, muy especialmente -como integrante de la región latinoamericana- está convencido de que los problemas en materia de población en América Latina no pueden explicarse por la magnitud numérica de sus habitantes, sino por la dificultades de acceso a los beneficios del desarrollo, y a la generación y reasignación de riquezas. El proceso de modernización de las estructuras económicas que se ha llevado a cabo en los países de la región ha aportado sin dudas numerosos beneficios, pero es necesario reconocer que, en muchos casos, ha contribuido también a agravar la situación de los sectores más vulnerables de la población. Hacia ellos deben implementarse los esfuerzos en materia de cooperación internacional.
  3. En el marco del proceso de globalización en que estamos insertos, la Argentina entiende que América Latina tiene que aportar como región su diversidad cultural como un rasgo positivo a la situación planetaria. A casi 5 años de celebrada ICPD, la Argentina reconoce la persistente heterogeneidad entre los países de la región.
  4. Lo manifestado en el Proyecto de Informe mencionado al comienzo: "El surgimiento de nuevas modalidades institucionales destinadas a integrar las variables sociodemográficas en las políticas y programas de desarrollo" (pág. 8), no debe interpretarse como la adopción de una "monocultura", sino por el contrario deben desarrollarse vigorizando la identidad cultural de cada país de la región, como un aporte a la cultura global.
  5. La República Argentina entiende que la globalización de las relaciones socioeconómicas no puede desentenderse de las culturas regionales, sino que por el contrario se debe favorecer su aporte socio-ético-religioso a la comunidad internacional y no quebrar sus culturas con planificaciones poblacionales que lleguen a contrariar su cosmovisión.
  6. El Gobierno Argentino considera que en materia de salud, la discusión de la temática poblacional no puede limitarse al tema que los documentos de trabajo denominan salud reproductiva. La Argentina estima que el primer componente de la maternidad sin riesgo lo constituye el concepto de salud integral, y que los fondos de cooperación internacionales para actividades de población en la región deben incluir un mayor porcentaje para los medicamentos de base, que permitan una asistencia sanitaria a la población durante todas las etapas de la vida de las personas.
  7. Los objetivos en materia de población y desarrollo deben ser asunto de competencia y soberanía de cada país, en concordancia con la fundamentación y orientación de sus políticas nacionales, bajo la guía del respeto a la dignidad humana y a la decisión libre y responsable de los individuos.
  8. La estabilización de la población mundial no debe lograrse a través de medidas gubernamentales u originadas en organismos o instituciones supranacionales, que contradigan la libertad de decisión de individuos y familias, y no atiendan valores religiosos, éticos y culturales de la comunidades locales.
  9. La planificación familiar debe sustentarse en la libertad de decisión y el respeto de los derechos humanos de los cónyuges, sin injerencia estatal, especialmente en las áreas de salud y educación.
  10. El crecimiento demográfico no es necesariamente consecuencia del subdesarrollo ni causa de la pobreza y la inseguridad alimentaria. Las políticas tendientes a promover la seguridad alimentaria deben basarse en la educación y desarrollo de la persona y, fundamentalmente, en la justicia social tanto en el orden local como en el internacional.
  11. Se debe dar especial importancia a los temas de educación y salud de la población en un marco de salud integral. De manera especial, la mujer debe ser considerada en forma integral en sus distintas etapas: pediátrica, infantil, adolescente, juvenil, del climaterio y menopausia. Enfatizar solamente la etapa con capacidad de procrear, omitiría la prevención de causas que condicionan su salud total, y que varían según los países de la región.
  12. La prestación de los servicios de salud reproductiva deberá llevarse a cabo respetando la libertad de decisión de las personas y teniendo en cuenta los valores que sustentan. La República Argentina reafirma el principio de la responsabilidad primaria de los padres sobre las cuestiones relativas a la educación y salud de sus hijos menores, conforme con lo dispuesto en la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño. Los servicios de salud reproductiva en ningún caso deben incluir el aborto, quirúrgico o químico, ni en sí mismo ni como método de control de la natalidad.
  13. La capacidad de la mujer para adoptar decisiones en las diversas esferas de la vida, no depende de la reducción sistemática de la fecundidad, sino de favorecer la inserción en los niveles de educación y de promover acciones que garanticen la igualdad de oportunidades.
  14. En relación con el párrafo que habla de la transformación cultural que redefine los patrones de interacción entre mujeres y hombres, la Argentina entiende que esto no puede implicar la sustitución indiferente del hombre por la mujer y viceversa. La flexibilidad de los roles no borra las características propias del ser masculino y el ser femenino.
  15. La República Argentina entiende que se debe asegurar que las parejas y las personas -en un marco de responsabilidades compartidas por hombre y mujeres- puedan ejercer sus derechos como seres humanos y asistirlos en su salud durante todas las etapas de su vida.
  16. El Informe Regional no puede omitir la referencia a la necesidad del fortalecimiento de la familia, en el marco de las políticas de población y desarrollo. (Plan de Acción de la ICPD, capítulo V, ítem 5.1.: "unidad básica de la sociedad").

PROF. ALDO OMAR CARRERAS
SUBSECRETARIO DE POBLACIÓN


Centro Latinoamericano y Caribeño de Demografía (CELADE / CEPAL)
Casilla 179-D, Santiago Chile - Fax: (56-2) 208 0196  Tel: (56-2) 210 2002
email: djaspers@eclac.cl
Última actualización: octubre, 2000