Bases del concurso Podrán postular proyectos innovadores, que tengan como principal finalidad el bien común, que estén orientados a comunidades o grupos menos favorecidos de la población y generen condiciones para el desarrollo y consolidación de la plena participación ciudadana. El concurso premiará proyectos que: - Hayan introducido procesos, prácticas y enfoques innovadores que resultan en cambios cualitativos o cuantitativos respecto de las prácticas comúnmente utilizadas.
- Tengan un impacto positivo en la calidad de vida de los beneficiarios.
- Contribuyan a la ampliación o consolidación de los principios de la verdadera ciudadanía.
- Puedan ser replicados en otras poblaciones o países.
- Sean sustentables y sostenibles.
En igualdad de condiciones, se dará preferencia a aquellos proyectos gestionados por la propia comunidad beneficiaria, en que se trabaje en red o se incluya la perspectiva de género. Solo se considerarán proyectos o programas que trabajen en alguna de las siguientes áreas, o combinaciones de estas: 1. Salud comunitaria: Proyectos que promueven la salud entre individuos o comunidades vulnerables, por medio de programas que movilicen a las comunidades, fortalezcan instituciones, mejoren la calidad o acceso a los servicios de salud y/o promuevan la salud. Incluye programas de agua potable y saneamiento básico. 2. Educación básica: Proyectos que atienden cualquier nivel educativo, desde el preescolar hasta concluir la educación secundaria. Se excluyen los niveles universitario y técnico profesional. 3. Programas de juventud: Proyectos orientados a mejorar las condiciones de vida y la inserción social y a promover la participación de los jóvenes de 15 a 24 años en sus comunidades. 4. Desarrollo rural/agrícola/nutrición/ seguridad alimentaria: Proyectos que apoyen el desarrollo económico y social de zonas rurales y/o aporten a la oferta de alimentos y seguridad alimentaria, mediante sistemas ambientalmente sustentables, sostenibles en el largo plazo y socialmente responsables. 5. Generación de ingresos: Proyectos de apoyo al desarrollo o al fortalecimiento de las microempresas y las empresas familiares urbanas o rurales. 6. Responsabilidad social corporativa y voluntariado: Responsabilidad social corporativa, incluye proyectos que expresan el compromiso que asume una empresa de contribuir al desarrollo social y económico sostenible de comunidades, con la utilización de recursos propios. No serán considerados programas que beneficien exclusivamente a los empleados de la empresa y sus familias. Voluntariado considera proyectos impulsados por personas que entregan tiempo, dinero o conocimientos en beneficio del bien común. La ejecución de los proyectos deberá estar a cargo de gobiernos municipales o locales, asociaciones comunitarias, comunidades religiosas, organizaciones no gubernamentales (nacionales o internacionales) u otras instituciones del sector privado sin fines de lucro, que trabajen en las áreas del concurso individualmente o en redes entre las anteriores instituciones. Solo se aceptarán postulaciones de entidades con fines de lucro en el área de responsabilidad social corporativa. Cada institución podrá presentar una sola postulación, en cada uno de los ciclos del concurso. Los proyectos podrán ser gestionados y/o ejecutados por las mismas comunidades, asociaciones o redes de la población beneficiaria o por alguna de las entidades antes definidas. La ejecución deberá llevarse a cabo en alguno de los 33 países de América Latina y el Caribe miembros de la CEPAL. Los proyectos deberán tener al menos 2 años de trabajo efectivo y estar actualmente vigentes. Se excluirán las iniciativas que reporten o puedan reportar lucro o ganancia monetaria, en forma directa o indirecta, a los promotores, agencias o instituciones que las impulsan, si son diferentes de las propias comunidades o beneficiarios. Solo se considerarán proyectos que involucren innovación en sus procesos de gestión y / o sus resultados. |